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LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS ODONTÓLOGOS

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(Fuente foto referencial: saludymedicina.org) Por una equivocada actuación el odontólogo puede causar serios trastornos en la salud de su paciente que puede ir desde la causación de una lesión leve hasta la posibilidad de causar una lesión grave, como por ejemplo, la trasmisión de una enfermedad infectocontagiosa -VIH Sida- o el desarrollo de un cáncer bucal. Como es fácil comprender, la responsabilidad penal del odontólogo trae a colación el análisis de la acción u omisión que conlleva consecuencias como la lesión o la muerte del paciente cuando la enfermedad a la que éste se sometía era de carácter terapéutico y no mortal. Al igual que cualquier profesional de la medicina, el odontólogo puede incurrir en negligencia, imprudencia o impericia por inobservancia del deber de cuidado. Actuará con culpa o imprudencia cuando causa una lesión al aplicar la anestesia sin efectuar la prueba de sensibilidad para, con previsión de riesgos, verificar la factibilidad de la...

RESPONSABILIDAD PENAL POR IMPRUDENCIA DE JEFES Y DIRECTORES MÉDICOS

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1. INTRODUCCIÓN Hasta hace pocos años, el estudio científico de los delitos culposos o imprudentes no tenía la importancia que posee en la actualidad. Como se sabe, el Derecho penal ha sufrido una transformación que hoy se puede calificar de sorprendente. Sin duda, la transformación del Derecho penal supone el análisis de sus categorías, entre las cuales se encuentran los delitos culposos. Ahora bien, una revisión de las estadísticas muestra que los delitos dolosos han crecido aritméticamente, en cambio los delitos culposos se han incrementado geométricamente. A su vez, los delitos culposos han merecido una atención relevante por la dogmática penal. En este contexto de crecimiento de los delitos culposos o imprudentes y su afirmación como categoría relevante del Derecho penal, se destaca la opinión del profesor alemán  Schunemann quien sostiene que los delitos imprudentes han pasado de ser hijastros a convertirse en hijos favoritos de la dogmática penal. Sin embargo,...

RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS ENFERMERAS

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(Foto referencial: larepublica.pe) Desde una perspectiva de la división del trabajo en la actividad médica se torna imperativa la presencia y aporte de las enfermeras en las intervenciones quirúrgicas que dirige el médico cirujano. Sin duda, se trata de una división del trabajo vertical , por la subordinación en que se encuentran las profesionales enfermeras y el personal auxiliar respecto al médico cirujano. Así, las intervenciones quirúrgicas suponen la actuación conjunta de médicos, enfermeras y técnicos en el cumplimiento de diferentes funciones. Generalmente, las enfermeras tienen entre sus funciones, ayudar en el manejo instrumental y en la provisión de los materiales o suministros necesarios para la intervención quirúrgica. Si la enfermera durante la operación proporciona al cirujano instrumental o suministros sin cumplir con las normas de asepsia o sin la esterilización que corresponde y como consecuencia de tal inobservancia se causa una lesión al paciente, la enfer...

¿QUIERES DENUNCIAR UNA NEGLIGENCIA MÉDICA?

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En la vida diaria parece asumirse que cualquier resultado lesivo que recaiga en un paciente es producto de una negligencia médica. La experiencia enseña que ello no es así. Un profesional médico o personal sanitario, sólo responderá por una conducta negligente cuando infrinja un deber de cuidado causando un resultado lesivo que en tales circunstancias era previsible y evitable . Ahora bien, cuando el médico o personal sanitario actúe sin dar lugar a una infracción de un deber de cuidado, no incurrirá en responsabilidad penal culposa o imprudente al haber actuado dentro de la lex artis . Veamos algunos extractos jurisprudenciales. Los simples errores científicos o de diagnóstico no implican necesariamente responsabilidad penal, salvo que sean de tal magnitud que se aparten de lo que hubiera detectado cualquier médico de nivel y preparación similar, y con semejantes medios a su alcance. El actuar negligente del imputado radica en la omisión...

SEGURO OBLIGATORIO DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR SERVICIOS DE SALUD

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                                                          Gilberto Félix Tasayco [1] Title:  Compulsory civil liability insurance for health services. Keywords: Health insurance, medical malpractice, public health policy. A pesar que en el Perú existen regulaciones jurídicas que sancionan las negligencias médicas , la percepción social parece entender que en la práctica no existen sanciones penales, civiles ni administrativas para los médicos que incurren en mala praxis. Entonces, si existen normas sin vigencia práctica, las indemnizaciones tampoco tienen lugar. La problemática advertida sugiere el diseño de instrumentos de políticas públicas que apunten, por un lado, a disminuir los casos de negligencias médicas; y por otro, a indemnizar a las víctimas por los daños causados. Son estos factores los que generan la necesidad ...

RESPONSABILIDAD PENAL DEL MÉDICO EN EL HOMICIDIO CULPOSO

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1. INTRODUCCIÓN Por todos es conocido que el hombre debido a su imperfección es susceptible de actuar por culpa o imprudencia. El arquitecto al edificar una casa utilizando materiales que no le dan a la estructura una suficiente solidez y como consecuencia de ello la casa se derrumba matando al propietari o, deberá responder penalmente por haber actuado con negligencia en su accionar. El chofer con su conducta negligente puede causar perjuicios a un peatón por conducir su vehículo a excesiva velocidad violando las normas objetivas de cuidado; el instructor PNP que ensesus alumnos el manejo de un arma de fuego y que por tener cargada el arma ma o lesiona a uno de sus alumnos, lógicamente que incurrirá en delito culposo al no haber previsto un resultado lesivo previsible y evitable. 1. INTRODUCCIÓN Por todos es conocido que el hombre debido a su imperfección es susceptible de actuar por culpa o imprudencia. El arquitecto al edificar una casa utilizando materiales que no le da...